DENUNCIADO POR UNA SECRETARIA
Aperciben a un juez por abuso de poder
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El STJ apercibió al titular del Juzgado Civil y Comercial N° 8 por apartar de sus funciones a una de las secretarias de la dependencia, sin que se realizara un sumario administrativo o investigación previa que la declarara culpable, y sin mediar causa alguna
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La denuncia fue formulada por la doctora María Concepción Romero Valdés contra el Juez Civil y Comercial Nº 8, Dr. Mario Antonio Fernández Corona, por "uso arbitrario de su poder de Magistrado Judicial".
La secretaria sostuvo que el magistrado la había echado del juzgado y ordenado que retirasen de su despacho los expedientes con los que ella estaba trabajando.
También añadió que había sido presionada psicológicamente para firmar un acta, la cual objetó por falencias diversas.
Todavía después el juez le proihió el acceso al edificio judicial por las tardes
La denunciante esgrimió que todas esas sanciones le fueron aplicadas sin la existencia de un sumario administrativo previo que las justificara
"No hubo algún procedimiento de investigación que me declarara culpable" explicó
El Juez admitió que no quería seguir contando con ella como funcionaria, por su “permanente actitud de provocación” y de “tratar de saltear las reglas internas que se establecieron para un mejor y armónico funcionamiento del juzgado”.
Añadió que lo más grave era su desconocimiento del derecho e ineptitud para desempeñar la función judicial.
El STJ no obstante interpretó que el juez se excedió en sus atribuciones y tomó medidas "ilegítimas" que redundaron en un mal clima laboral .
“Al tomar la decisión de que la Secretaria no prestara más funciones, quitarle el despacho y la asignación de funciones, actuó bajo una vía de hecho incompatible con el ejercicio de su cargo, apartándose de las normas legales y reglamentarias de la función judicial” opina el STJ.
“El Juez (…) es el primero que debe velar por el correcto funcionamiento del servicio de justicia, por lo que para el caso de que hubiera existido alguna denuncia o cuestionamiento sobre la actuación de la secretaria (…) debió resolver a través de los procedimientos previstos en las normas reglamentarias de la materia, con la debida participación de la Funcionaria, en el entendimiento de que cualquier falta en el ejercicio de la función presupone un procedimiento administrativo como garantía del derecho de defensa, pero no pudo actuar por vía de hecho y mucho menos implementar mecanismos extremos (…)" se indica asimismo.
Los Ministros consideraron que se comprobó “un claro abuso de facultades sin respaldo normativo legal ni reglamentario alguno” y que esas situaciones no podían permitirse ni tolerarse. Sostuvieron que el Juez carecía de toda competencia “para avanzar y disponer medidas que significaran la extinción del vínculo de empleo judicial o que afecten su condición de funcionario judicial”.
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